“Educación
Inclusiva”
1. Definición
grupal de “Educación inclusiva”
r/:
Para poder dar una definición de educación inclusiva debemos primero definir
inclusión, inclusión es apertura a la diversidad, a las minorías y a “lo
diferente”. Actualmente existe una confusión con el término ya que tiende a
pensarse que con inclusión se hace referencia exclusiva a la atención a las
necesidades (de movilidad mayormente) de las personas con capacidades
especiales; cuando realmente la inclusión es propiciar espacios en donde no
haya exclusión, sea por raza, religión, sexualidad, ideología política, etc.
Dicho
esto, educación inclusiva es todas las técnicas, herramientas, procesos, normas
e instituciones que propicien el aprendizaje sin ningún tipo de discriminación.
2. Posibles
críticas a la definición anterior
r/:
De la anterior definición podría debatirse:
§ Su aplicación real, todo proceso de enseñanza de desarrollará en un
determinado contexto que por más que se niegue estará influenciado por algo
(economía, políticas estatales, geografía, cultura, etc) por lo siempre estará
sesgado por algo.
§ Su universalidad, sobre todo en culturas donde las costumbres están
muy arraigadas se hace difícil creer que se dará un proceso educativo libre de
algún estereotipo, por muy pequeño que parezca.
§ Su legado concreto (para el “marginado”), esto tiene mayor discusión
para las personas con capacidades especiales; al existir una gama tan amplia de
condiciones físicas (motoras y de pensamiento) queda la gran duda de qué es lo
que aprende el individuo que generalmente es marginado; ya que por mucho que se
niegue siempre existirá un gran “tronco común” en los programas educativos para
los que se diseñan objetivos y metas, entonces si se hace una adecuación es en
base a esa metodología pensada para el individuo “normal”, allí hay inclusión
pero queda la duda de con cuánto se queda realmente el individuo minoría.
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